CONCEPTO
Sociedad es la reunión de dos o
más personas que por medio de un contrato (escritura), o mediante el
acto plural de voluntades, que se sujetan por regla general a los mismos
requisitos de fondos propios de los contratos civiles,
"obligándose a hacer un aporte ya sea en dinero, trabajo o
en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las
utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.
La sociedad una vez constituida legalmente forma
una persona jurídica distinta de los socios individualmente
considerados". (C. De Co. Art. 98)
Según el contenido del art. 2085
del código civil, a una sociedad se le da el carácter de comercial,
cuando es formada con el fin de ejecutar actos o empresas mercantiles. No es
comercial cuando se crea con fines culturales, recreativos, deportivos o de
beneficencia. Según la clase de sociedad, puede estar sometida a la
Superintendencia Bancaria o a la Superintendencia de Sociedades.
En el ámbito jurídico y económico
una sociedad es aquella por la cual dos o más personas se obligan en común
acuerdo a hacer aportes (especie, dinero o industria), con el ánimo de
repartir entre sí las ganancias. En este caso se denomina sociedad a
la agrupación de personas para la realización de actividades privadas,
generalmente comerciales. A sus miembros se les denomina socios.
El concepto amplio de
sociedad, en contraposición al concepto tradicional, entiende que esa puesta en
común de bienes, esa estructura creada entre dos o más personas,
puede no estar destinada esencialmente a obtener un lucro, no siendo este ánimo
un elemento esencial del referido contrato, por cuanto existen sociedades que
pueden responder a un interés particular distinto de sus socios.